El pasado mes de octubre de 2018 se aprobó en la Asamblea General de la ONU la “Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales”. Esta Declaración reconoce la especial relación e interacción de los campesinos con la tierra, el agua y la naturaleza con los que tienen vinculación directa y de los que dependen para subsistir.
Les reconoce su contribución a la biodiversidad, el derecho a una alimentación adecuada y la soberanía alimentaria, objetivos indiscutibles para un desarrollo sostenible. Reconoce la violación sistemática de sus derechos y su discriminación en muchas partes del mundo, dando lugar a la desigualdad en el acceso y control de la tierra, recursos genéticos y otros recursos naturales como el agua, acceso limitado a mercados y medios de producción para tener una vida digna y políticas agrarias que sirven a la industria agrícola y a una élite de la agricultura.
Se declaran como derechos fundamentales:
- Derecho a la tierra, a los recursos naturales de sus comunidades para que puedan alcanzar unas condiciones de vida dignas y a participar en la gestión de los mismos. Para ello los estados velarán para que cualquier actividad que pueda afectar a dichos recursos sea autorizada si cumplen con una evaluación de impacto ambiental, se ha consultado a la comunidad y se hace un reparto justo de beneficios.
- Derecho a las semillas y a la biodiversidad, a proteger los conocimientos tradicionales relacionados con los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura, a participar en el reparto de beneficios que esos recursos generen, a la toma de decisiones sobre los mismos y a conservar, utilizar , intercambiar y vender sus semillas .
- El derecho a la soberanía alimentaria: abarcando desde el derecho a definir su propio sistema agroalimentario que lleve a una alimentación adecuada a la facilitación de medios de producción y redes de comercialización que favorezcan su trabajo.
Cabe resaltar la referencia al papel de las campesinas en la economía rural en la que se les niega el acceso a la propiedad de la tierra en condiciones de igualdad y a otros recursos necesarios en su actividad. Se promueve su empoderamiento y acceso en condiciones de igualdad.
El derecho a la vida, a la opinión, a la libertad, a la representación y organización, a la información, a la justicia, al trabajo y condiciones laborales dignas, a vivienda, a educación y cultura son definidos en esta declaración que en pleno siglo XXI ha tenido que recordarnos la situación dramática de las poblaciones campesinas en el mundo, que son las que tienen en su mano la salvaguarda de nuestro futuro alimentario. Solo cabe esperar que los Estados lleven estos derechos a sus territorios y los hagan cumplir cuanto antes.